Contáctenos

Noticias


ACODECO realiza diligencia de verificación en Brava Pizza Espuma

Panamá, 20 de marzo de 2017

Tras la aceptación de los hechos -catalogados como discriminatorios por la opinión pública- por parte de uno de los propietarios del restaurante Brava Pizza & Espuma, en el que hubo un trato diferente para cuatro jóvenes consumidores, la ACODECO, en conjunto a la Defensoría del Pueblo, se presentó a dicha empresa para notificar sobre la investigación de oficio de la que son objetos. 

La ley 45 de 2007, sobre protección al consumidor, en su artículo 36, numeral 16, dispone que es obligación de los agentes económicos “Prestar el servicio objeto de su actividad comercial sin discriminación de ningún tipo”. 

Este fundamento legal es reforzado a la vez por el Decreto Ejecutivo 46 de 2009, que dispone en su artículo 19, que reglamenta el artículo en mención y señala: “Se prohíbe toda discriminación al consumo de bienes y servicios, entendiéndose por tal, la injustificada y arbitraria negativa a proveer un producto o prestar un servicio o que proveyéndolo se haga en condiciones distintas a las dadas a otros consumidores, así como la prestación de servicio en forma irregular o dilatoria, salvo que mediaren causas justificadas, caso fortuito o de fuerza mayor debidamente comprobables.“  

Es competencia de la ACODECO verificar, investigar y sancionar las conductas violatorias de la ley de protección al consumidor, tal es el caso, de la negación en brindar el servicio a un consumidor o hacerlo de forma distinta que a otros consumidores.  

 

Ambas instituciones coordinan esfuerzos para lanzar una campaña informativa de divulgación sobre los derechos de los consumidores a tener acceso a los bienes y servicios sin discriminación.