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ACODECO VELA POR EL CUMPLIMIENTO DE LOS DESCUENTOS EN FINANCIERAS
Agosto 27 de 2009
Ø La ACODECO regula el cumplimiento de los descuentos en transacciones de préstamos personales en bancos, financieras e instituciones de crédito, que según la Ley 6ta, deben recibir los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad. La Dirección de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias es el medio rector de todas aquellas actividades que se registran en el sector financiero conformado por las empresas financieras, de arrendamiento financiero, casas de remesas de dinero y casas de empeños. Para casos de inconvenientes de transacciones tramitadas en bancos, la entidad correspondiente es la Superintendencia de Bancos, la que, entre sus funciones, orienta a los clientes bancarios en sus relaciones con las entidades bancarias en general, haciendo especial énfasis en el grupo de consumidores bancarios. La ACODECO, entidad encargada de velar por el cumplimiento del descuento a que tienen derecho los jubilados, pensionados, personas de la tercera y cuarta edad conforme lo dispone la Ley 6 de 1987, entre los que figuran, descuento de 50% sobre los gastos o comisiones de cierre en los préstamos que efectúen a su nombre, con financieras y bancos. Una de las modificaciones a la Ley 6ta. del 16 de junio de 1987, indica que “los beneficiarios no pagarán el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) en ningún préstamo personal o comercial que efectúen, sin importar cuál sea la institución crediticia. Además, la Ley estipula que “los beneficiarios tienen derecho a un descuento de 15% sobre la tasa de interés máximo, de cualquier préstamo personal o comercial que esté a su nombre”.