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LOS DESCUENTOS NO APLICAN PARA SERVICIOS DE TV POR CABLE

Septiembre 1 de 2009 

Ø      La Ley 6ta., que otorga beneficios a jubilados, pensionados y personas de la tercera y cuarta edad, no contempla descuentos en los servicios de TV por cable. Tampoco para la contratación de servicios de internet.

 

 

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) señaló –basados en la Ley 6ta.- que los jubilados, pensionados y personas de la tercera y cuarta edad, tienen derecho a descuentos en los servicios de energía eléctrica, teléfono y agua; más no así en el caso de los servicios de televisión por cable, ni el internet.

 

La posición de la ACODECO, entidad encargada de velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los consumidores, está fundamentada en que la Ley 6ta., la cual otorga los beneficios a los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, en ninguna parte señala descuentos para estos servicios.

 

A través de los medios de comunicación se ha estado denunciando a agentes económicos por no “otorgar” un descuento a los beneficiados por la Ley 6ta. de 1987, en el pago por el servicio de televisión por cable. Lo cierto es que esta ley no contempla ningún tipo de beneficios en este y algunos otros servicios que no resultan de uso exclusivo de la persona jubilada, pensionada y/o de la tercera edad.

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