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El descuento en servicios funerarios, otro beneficio de la Ley 6

-Detectan a dos funerarias sin el aviso de descuentos

El descuento en servicios funerarios, otro beneficio de la Ley 6

 

Se trata de un beneficio aún más allá de la vida. Aunque el difunto sea jubilado, pensionado o de la tercera edad, puede hacerse acreedor al 20% de descuento en la compra de ataúdes y urnas, así como la contratación de servicios funerarios, para su propio uso, a pesar de ser pagado por un familiar.

 

Este privilegio está contemplado en la Ley 6 de 1987, la que estipula además, que el aviso de descuentos debe estar presente en los establecimientos que se dedican a estos menesteres, tales como funerarias y casas de cremación.

 

Es por ello que la ACODECO realizó una verificación general a 20 locales de la ciudad de Panamá, que se dedican este tipo de negocios y encontró que dos de ellos no tenían el aviso de descuentos a jubilados, pensionados o de la tercera edad; estos son: Funeraria Divina Misericordia y Casa de Funerales Vida Panamá, S.A.

 

A dichos agentes económicos se les levantaron actas con anomalías y serán citados por la ACODECO. Otros 18 negocios de similares servicios para facilitar la despedida de nuestros seres queridos, no presentaron faltas a la Ley 6 de 1987, ni tampoco en la información de precios a la vista, de carácter obligatorio en la Ley 45 de 2007.

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