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ACODECO realiza análisis de papel toalla, higiénico y servilletas

Julio 14 de 2015

La Autoridad de Protección al Consumidor y defensa de la Competencia (ACODECO) a través del Departamento de Metrología Legal realizó recientemente una verificación en lotes de papel toalla, higiénico y servilletas con el propósito de determinar si cumplen con la información comercial que declaran en el empaque de acuerdo al artículo 36 de la Ley 45 de 2007 referente a las obligaciones del proveedor frente al consumidor.

De papel higiénico se analizaron 20 lotes de los cuales 11 cumplen con la información comercial y 9 no cumplen. En total fueron 1,113 unidades verificadas y el 52 por ciento no cumple (577 rollos) mientras que (536) sí cumple.

Con relación al análisis de servilletas, se verificaron 1,246 paquetes, se aceptaron 1,123 y fueron rechazados 123 (9.87 por ciento de la muestra). En papel toalla se aceptaron los 654 paquetes.

El Administrador de la ACODECO, Oscar García Cardoze señaló que estas verificaciones se realizan para garantizar al consumidor que realmente estén pagando por un producto que cumple con el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 3-421-98, Metrología y Contenido Neto de Preempacados (Norma Técnica 151-2000R. Papel y Cartón. Papel Higiénico).

Recordó el Administrador García Cardoze que se aplicarán las sanciones correspondientes a los agentes económicos que incumplen lo que estipula la Ley 45 de 2007.

La metodología utilizada para el análisis incluye pesar cada rollo en una balanza semianalítica electrónica calibrada, luego se realiza la medición de las dimensiones de la hoja de papel higiénico con un vernier calibrado, se mide el ancho y largo de la hoja. Este análisis se efectúa sobre cada rollo de la muestra tomada. En cuanto a la verificación de la cantidad de hojas de cada rollo se determina desenvolviendo el rollo y contando cada una de las hojas contenidas en el mismo. Cada 10 hojas se anota el conteo para control.

Una vez verificada la información comercial declarada en el paquete se le informa al agente económico los resultados mediante el formulario de análisis “Comportamiento de Información Comercial” y el Acta de Verificación de Contenido Neto. En los casos en donde el producto no cumplía con la información comercial declarada se procedió al retiro de la estantería del mismo.

 

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