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Transporte público debe cumplir con descuento de ley 6¿
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) no sólo ha atendido quejas por no cumplirse con el descuento en restaurantes, sino que también ha recibido denuncias sobre abusos de transportistas, que se rehúsan a otorgarles el descuento a los de jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, que establece la Ley 6 del 16 de junio de 1987.
En el artículo 1, numeral 2, de la Ley 6ta, se establecen los siguientes descuentos: 30% en autobuses interurbanos, trenes, lanchas y barcos; y 25% en pasajes aéreos de empresas públicas o privadas nacionales y extranjeras. Es importante señalar que, los descuentos no aplican para los cruceros.
En el caso de autobuses interurbanos, debe entenderse como todo transporte público que cubre trayectos entre ciudades, sean de una misma provincia o entre provincias. Por ejemplo: entre Panamá - Aguadulce; Panamá-Chame; David-Changuinola; etc. En el caso de Panamá y San Miguelito, se consideran que forman parte del área Metropolitana, en este caso no aplica el descuento.
Otro detalle importante es que, estos descuentos se aplican para todo el transporte público que opere en el territorio nacional, o desde nuestro país con destino al extranjero.